lunes, 16 de noviembre de 2015

EL EMPLEADO DE FINCAS URBANAS

FUNCIONES DE PORTEROS Y CONSERJES
Se establecen como obligaciones las de cuidado, mantenimiento y buen estado de conservación de la escalera y zonas comunes, la vigilancia de las dependencias comunes y de las personas que entren en el inmueble, para procurar que no se perturbe el orden y la seguridad de los habitantes del edificio.

ü  Hacerse cargo de la correspondencia y avisos para los propietarios, inquilinos o administradores.
ü Comunicar cualquier anomalía o avería en el funcionamiento de ascensores, fluorescentes, o instalaciones comunes.
ü Comunicar a los propietarios cualquier situación anómala en su vivienda arrendada (obras, subarriendos,...)
ü  Cuidado de las viviendas vacías, e información de las mismas si están en situación de arriendo.
ü  Procurar la apertura y cierre del portal.
ü  Cuidado de los cuartos de los contadores.
ü  Traslado de cubos de basura colectivos hasta su lugar de retirada.

Algunos porteros y conserjes de fincas urbanas, suelen realizar pequeños trabajos de mantenimiento y solucionan pequeños problemas domésticos de los vecinos, así como custodiar las llaves de inmuebles si la propiedad se lo solicita.
En algunas comunidades, los porteros gestionan el cobro de las cuotas de comunidad y los importes de los alquileres si la junta de propietarios así lo acuerda.

La diferencia entre un portero y un conserje:
El conserje es una persona ajena a la finca, que no permanece en ella una vez finalizada su jornada laboral. El portero tiene una vivienda en el inmueble, propiedad de la comunidad.
Para el conserje es un puesto de trabajo, mientras que para el portero es su forma de vida.

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