jueves, 9 de junio de 2016

FINCAS FINURBA: 86 AÑOS A SU SERVICIO










CAMBIO DE TITULAR EN LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS

Cuando se alquila o compra una vivienda, es muy importante realizar el cambio de titularidad de los contratos de suministros (luz, agua y gas).

Esta gestión gratuita y se puede hacer por teléfono, siempre y cuando los contratos estén dados de alta y al corriente de pago.

En una vivienda alquilada se debe acordar con el propietario si se cambian los contratos de nombre o solo la domiciliación bancaria.


CAMBIO DE TITULAR EN CONTRATO DE LUZ:

-        Dirección completa de la vivienda.
-        Factura del actual titular para facilitar los datos.
-        Lectura del contador en el momento del cambio.
-        Datos del nuevo titular : Nombre, DNI o NIF.
-        Número de cuenta bancaria para domiciliar el pago de las futuras facturas.
-        Si la instalación tiene más de 20 años, pedirán renovar el boletín eléctrico.  
-    BOLETÍN ELÉCTRICO: Es un documento oficial emitido por un instalador electricista autorizado que certifica la calidad y las características de la instalación y que ésta cumple todos los requisitos para el suministro. En él se detallan: la potencia instalada y la potencia máxima admisible.

CAMBIO DE TITULAR EN CONTRATO DE AGUA:

-        Factura del actual titular para facilitar los datos.
-        Número de contrato actual.
-        Documento que acredite el derecho a contratar: Escritura de propiedad, contrato de alquiler,… para facilitar la fecha.
-        Si no se es el nuevo titular, se debe aportar una carta de autorización firmada por el titular.
-        Lectura del contador en el momento del cambio.
-        Datos del nuevo titular: Nombre, DNI o NIF.
-        Cédula de habitabilidad (si se hace por teléfono: nº cédula y fecha de expedición.
-        Número de cuenta bancaria para domiciliar el pago de las futuras facturas.
-        Una vez hecha la gestión se recibirá en el domicilio 2 copias del nuevo contrato y se deberá devolver 1 de ellas firmada para formalizar el cambio.

CAMBIO DE TITULAR EN CONTRATO DE GAS:

-       Factura del actual titular para facilitar los datos.
-        Número de contrato actual.
-        Datos del nuevo titular: Nombre, DNI o NIF.
-        Lectura del contador en el momento del cambio.
-        Número de cuenta bancaria para domiciliar el pago de las futuras facturas.





lunes, 6 de junio de 2016

FUNCIONES DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO DE LA COMUNIDAD

Algunas funciones que debe asumir el presidente de la comunidad de propietarios durante el tiempo que dure su mandato:

-        Es el representante de la Comunidad ante cualquier situación que ésta requiera:
ØJuntas Ordinarias y Extraordinarias.
ØAcciones judiciales o extrajudiciales: (requerimiento de pagos, cese de actividades molestas, trabajos pagados a industriales que no han realizados o son defectuosos, etc…).
-        Recibir peticiones de los propietarios:
ØQuejas vecinales.
ØDesperfectos de la finca.
ØPropuestas de mejoras.
ØAñadirlas a puntos del día en las juntas.
-        Convocar y presidir todas las juntas:
ØOrdinaria anualmente.
ØExtraordinarias si se requieren.
ØHacer cumplir lo que se acuerde.
-        Supervisar presupuestos y gastos:
ØArreglos y mejoras de la finca.
ØSeguros, contratos de mantenimiento,…
ØPago de facturas.
-        Exigir el pago de las deudas:
ØA los propietarios morosos.

FUNCIONES DEL SECRETARIO DE LA COMUNIDAD

La figura del secretario no es obligatoria y con frecuencia las funciones que se este cargo requiere, son realizadas por el mismo Presidente o por un Administrador de fincas contratado por la comunidad.

ØRedactar las actas de las Juntas de Propietarios.
ØCustodiar los Libros de Actas y los documentos relevantes de las reuniones.
ØCertificar y aprobar los acuerdos adoptados en las Juntas.