¿Que es el Catastro Inmobiliario?
El Catastro
Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de
Hacienda y Administraciones Públicas en el que se describen los bienes
inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por
el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, la inscripción en el
mismo es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del
Registro de la Propiedad.
La descripción
catastral de los bienes inmuebles incluye sus características físicas,
jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, referencia
catastral, superficie, uso, cultivo, representación gráfica, valor catastral y
titular catastral.
Obligatoriedad de la incorporación al
Catastro Inmobiliario
Al objeto de
garantizar que los datos que se incluyen en la descripción catastral de los
bienes inmuebles concuerdan con la realidad, la incorporación de los bienes en
el Catastro Inmobiliario así como la de las alteraciones de sus
características, es obligatoria.
Dicha incorporación se realiza mediante
distintos procedimientos, dependiendo del hecho, acto o negocio que la
provoque. Entre estos procedimientos destacan las declaraciones realizadas por
los titulares catastrales, las comunicaciones realizadas por Notarios y
Registradores de la Propiedad, Ayuntamientos, Agencia Estatal de Administración
tributaria y otras administraciones actuantes en actos en actos de gestión
urbanística y las solicitudes que deben realizarse en los supuestos
contemplados legalmente. Puede obtener más información accediendo a la guía de
procedimientos catastrales más frecuentes para el ciudadano
Derechos de los titulares catastrales en
sus relaciones con el Catastro
En sus relaciones
con el Catastro, los titulares catastrales tienen los derechos que con carácter general les atribuye la
normativa tributaria.
Competencias del Estado sobre el Catastro
Inmobiliario
La formación y el
mantenimiento del Catastro Inmobiliario así como la difusión de la información
catastral es competencia exclusiva de la Dirección General del Catastro en todo
el territorio nacional, excepto en el País Vasco y Navarra.
Esta competencia se
ejercer directamente o a través de las
distintas formulas de colaboración que se establezcan con las diferentes
Administraciones, entidades y corporaciones públicas.. En virtud de esta
colaboración, los ciudadanos pueden acceder desde Ayuntamientos y Diputaciones
Provinciales a distintos servicios catastrales.
Usos de la información catastral
La finalidad
originaria del catastro es de carácter tributario, proporcionando la
información necesaria para la gestión, recaudación y control de diversas
figuras impositivas por las Administraciones estatal, autonómica y local. A
estos efectos, el Catastro facilita el censo de bienes inmuebles, su
titularidad, así como el valor catastral que es un valor administrativo que
corresponde a cada inmueble y que permite determinar la capacidad económica de
su titular.
Además de la
función tributaria, en los últimos años se han incrementado notablemente los
usos y utilidades de la información catastral por parte de Administraciones,
ciudadanos y empresas. Como novedad más reciente en este ámbito cabe citar el
servicio de descarga masiva de información catastral, disponible desde abril de
2011 y que pone gratuitamente a disposición de empresas y particulares la
información catastral, incluyendo la posibilidad de su reutilización.
Vía: Portal de la Dirección General del Catastro
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